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La docente Schwartz fue condenada a 10 años de prisión pero no irá presa

En este segundo juicio realizado a la maestra de música, el Tribunal Oral N° 2 la sentenció al considerarla culpable por un caso de abuso y 9 de corrupción en perjuicio de alumnos de entre 3 y 5 años del Gianelli y Fleming. Por todos los demás hechos fue absuelta, al no comprobarse que hubieran sucedido. En 2017, el Tribunal Oral N° 1 la había absuelto por todos los casos.

El Tribunal Oral N° 2 condenó a la maestra de música Analía Schwartz a la pena de 10 años de prisión por haberla encontrado culpable de 1 caso de abuso sexual y 9 de corrupción de menores en perjuicio de algunos de sus alumnos, niños y niñas de entre 3 y 5 años, en el jardín de infantes del colegio Gianelli.

Los jueces Néstor Conti, Alexis Simaz y Roberto Falcone determinaron que Schwartz no irá a prisión al resolver una de las causas más controvertidas de la historia judicial moderna de Mar del Plata, ya que se trató del segundo juicio que se desarrolló, luego de que el fallo en 2017 , en el que el Tribunal Oral N° 1 absolvió a Schwartz fuera revocado por Casación y ordenara la realización de un nuevo debate oral.

A pesar que la sentencia fue de 10 años, Schwartz no irá a prisión hasta que la condena quede firme y mientras cumpla con una serie de pautas impuestas, como no salir del país y no mantener ningún tipo de contacto con las víctimas y sus familias.

Los jueces consideraron que los acusadores no pudieron demostrar con pruebas contundentes la totalidad de los casos juzgados, por lo que la condena de 10 años es solo por uno de los hechos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado y los nueve de promoción a la corrupción de menores agravada que se desprenden de ese delito. Mientras que por los otros hechos de abuso sexual y corrupción de menores fue encontrada inocente y la absolvieron.

El tribunal, de manera unánime, tuvo por probado que entre los meses de mayo y septiembre del año 2013, en la sala de música del colegio San Antonio María Gianelli, Schwartz, mientras dictaba sus clases, promovió actos de corrupción de contenido sexual, prematuros, distorsivos y perversos a al menos nueve alumnos, todos ellos pertenecientes a la segunda sección (salita de 4), en más de una oportunidad.

Para los jueces, estos actos promovidos por la docente fueron tendientes a desviar el natural comportamiento sexual de los menores, quienes dada su corta edad no se encontraban en condiciones de comprender las conductas a las que su agresora los sometía.

Estos eventos, la condenada los realizaba aprovechándose de las condiciones edilicias que poseía el salón, como así también de los momentos de ausencia de otros docentes que colaboraban con su labor. Además les exigió a los niños y niñas que guardaran el secreto de lo ocurrido y bajo amenazas referidas al castigo de Dios, o a que sus padres sufrirían un daño.

Asimismo, el tribunal, también por unanimidad, absolvió a Schwartz por otros hechos en el mismo establecimiento educativo y en el jardín “Mamina” del colegio Fleming, por entender que existía una duda razonable que legalmente debe presumirse en favor de la imputada.

El pedido de detención presentado por la fiscal y las querellas al momento de sus alegatos fue rechazado por los jueces del Tribunal N° 2, por mayoría, en función de que la pena impuesta fue considerablemente inferior a la solicitada, del plazo prolongado (casi 10 años) a que fue sometida a proceso, pese a lo cual estuvo siempre a derecho, concurriendo a todos los citatorios judiciales y policiales, de las circunstancias particulares que ha tenido este juicio, en el cual en el año 2017 Schwartz resultó absuelta por la totalidad de los delitos imputados, por no haberse probado que la misma haya intentado influenciar en el resultado de la causa, que tiene arraigo en la ciudad hace más de 20 años, está casada, tiene dos hijos adolescentes y no posee antecedentes penales u otros procesos en trámite.

El tribunal aclaró que por el momento no correspondía la detención, pero dispuso la prohibición de salir del país de la imputada, la prohibición de ausentarse de la ciudad por más de 24 horas sin autorización del tribunal, la prohibición de mantener cualquier tipo de contacto o acercarse a menos de 200 metros de las víctimas o sus progenitores y la obligación de presentarse quincenalmente al Tribunal N° 2.

Cabe recordar que en este juicio, la fiscal María Florencia Salas en su alegato había solicitado una pena de 30 años de prisión, por considerar que se encontraban probados los 15 hechos imputados por abuso sexual infantil y corrupción de menores.

Por su parte, la querella de un grupo de padres, los abogados César Sivo y Romina Merino, acompañaron lo expuesto por la fiscal Salas y solicitaron el mismo monto de pena. La otra querella, a cargo del abogado Martín Bernat, también llegó a las mismas conclusiones, pero fue más riguroso en el pedido de pena y solicitó que Schwartz pase 35 años en prisión.

La defensa de la docente, al igual que en el primer juicio realizado en 2017, estuvo a cargo de la abogada Patricia Perelló (acompañada esta vez por Mariana Fardín y Martina Papadopulus) y sostuvo la misma postura de hace cinco años: que Schwartz es inocente porque los hechos no existieron.

El caso

La investigación se inició el 7 de septiembre de 2013, cuando un grupo de padres de niños y niñas de entre 3 y 5 años del centro educativo ubicado en la avenida Fortunato de la Plaza se presentaron en la Comisaría de la Mujer para denunciar a la docente de música Analía Schwartz. Contaban entonces con la información que sus hijos, alumnos del jardín de infantes de la institución, les referían sobre juegos en la hora de música, como quita de prendas de vestir, “secretos”, lo que llevó a los padres a formarse la idea de que sus hijos eran abusados.

Casi un año después, el fiscal Fernando Castro imputó a la docente y en 2017 se llegó a un juicio en el Tribunal Oral N° 1, integrado por los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale. Más tarde, el 16 de mayo de 2017, y tras varias semanas de debate, los magistrados rechazaron las imputaciones y absolvieron de forma unánime a la maestra de música.

Los abogados querellantes apelaron y la Cámara de Casación Penal, primero, y luego la Suprema Corte, anularon la sentencia, tras lo cual se dispuso que se realizara nuevamente el juicio oral, que comenzó finalmente en octubre de este año.

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